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Viernes, 03 de Mayo de 2024
Ninguna persona tiene la obligación de acatar prorroga de autoridades judiciales
Advierten que los magistrados cesantes incurrirán en la figura de usurpación de funciones a partir de enero, lo que los hará pasibles a procesos por la vía ordinaria. Señalan que la Declaración Constitucional emitida por el TCP es solo de cumplimiento para la Asamblea Legislativa, por tanto, ningún ciudadano u otro Órgano tiene la obligación de acatarla. Las credenciales de las actuales altas autoridades del Órgano Judicial solo tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de esta gestión.
Precisando que la Declaración Constitucional que dispuso una “autoprórroga” de funciones para los magistrados del Órgano Judicial solo es de cumplimiento obligatorio para la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), el diputado por Comunidad Ciudadana (CC), Marcelo Pedrazas, señaló que ninguna persona u Órgano del Estado tiene la obligación de acatar esta determinación a partir del 2 de enero.
En conferencia de prensa, el asambleísta chuquisaqueño advirtió que los cesantes magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura incurrirán en la figura de usurpación de funciones a partir de enero y aquello les hará pasibles a procesos por la vía ordinaria.
“Si a partir del 2 de enero estos magistrados continúan en sus oficinas, usando movilidades y emitiendo resoluciones, estarán incurriendo en usurpación de funciones y se les deberá activar procesos ordinarios, pues ya no estarán en el ejercicio de funciones y no podrán apelar a un juicio de responsabilidades”, manifestó Pedrazas.
Sobre la “autoprórroga” de mandato emitida por los magistrados del TCP, la pasada semana, el diputado aclaró que una Declaración Constitucional solo es de cumplimiento para la Asamblea Legislativa y por tanto, ningún ciudadano u otro Órgano tiene la obligación de acatar las acciones que emitan esos altos jueces a partir del cese de sus funciones el primer día hábil de 2024.
En ese sentido, Pedrazas presentó un “memorándum de cesación de funciones judiciales” para los 26 altos magistrados que trabajan en Sucre, aclarando que los demás cargos judiciales tienen toda legitimidad y por tanto, no existe un vacío de poder, como se trata de justificar para mantener los cargos de ese grupo de abogados que fue electo con votación mínima en 2017.
Recordando que anteriormente la justicia argumentó la inexistencia de una credencial emitida por el TSE para desconocer la legalidad del gobierno transitorio, Pedrazas señaló que, en este caso, las credenciales de las actuales altas autoridades del Órgano Judicial solo tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de esta gestión.
“Una Declaración Constitucional no es una acreditación y menos es una certificación del Órgano Electoral para ejercer funciones como autoridades. Que recuerde la justicia cómo se ha desconocido la sucesión constitucional de Jeanine Añez por no tener el credencial emitida por el TSE”, dijo.
Finalmente, pidió a los magistrados cesantes cumplir con su labor y concluir sus casos pendientes hasta el 31 de diciembre, uno de sus pendientes es cumplir la solicitud para tratar el tema de la reelección con base en la resolución de la Opinión Consultiva 28/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que deja sin efecto a la Sentencia Constitucional 084/2017, emitida para avalar la candidatura ilegal de Evo Morales para las elecciones de 2019 y con la cual, el jefe del MAS ahora pretende volver a participar en los comicios generales de 2025.
“Esta advertencia es para que en estos días reflexionen, pasen su Navidad y después se vayan a su casa, porque si vuelven el dos de enero, con seguridad les esperan procesos ordinarios y la cárcel a muchos de estos magistrados”, concluyó.
El pasado 12 de diciembre, magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, emitieron una Declaración Constitucional con la que se dispuso la prórroga de funciones para las actuales autoridades de justicia hasta que sus reemplazantes sean elegidos mediante voto popular en Elecciones Judiciales.
Según informó el TCP, se declararon inconstitucionales, varios artículos de la ley aprobada en el Senado y remitida “en consulta” por la Comisión de Constitución de Diputados hasta esta instancia, lo que derivó en la emisión de la referida Declaración Constitucional de prórroga.
“La Declaración Constitucional que les he mencionado dispone la continuidad o prórroga de mandato de las actuales autoridades tanto del Órgano Judicial como del Tribunal Constitucional Plurinacional, entre tanto no sean elegidas y posicionadas las nuevas autoridades judiciales producto de la preselección, que es atribución de la Asamblea Legislativa Plurinacional, y producto de la elección que tiene que organizar y ejecutar el Órgano Electoral Plurinacional”, explicó el magistrado Yván Espada.
El TCP, además rechazó alternativas planteadas por Legisladores como un sorteo de cargos o interinatos, para que funcionarios subalternos se hagan cargo de las labores de los altos tribunales ante el cese de funciones de los titulares, por no contar con atribuciones para ello.
Los actuales magistrados fueron elegidos en 2017 y ejercen desde enero de 2018. De acuerdo con la Constitución, el mandato es de seis años.
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