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Sabado, 14 de Junio de 2025
Añez asegura que el TSE avala partidos carentes de legitimidad

sin entradilla
La expresidenta del Estado afirma que vocales del TSE usan “maliciosamente” la Ley 1315 para justificar su aval a siglas de partidos políticos que no existen más, prorrogando indefinidamente su posibilidad de “legalizarse”.
> Añez califica como “calumnias” las versiones que apuntan a esta ley, como la causante de levantar la posibilidad de suspender la personería de los partidos que no hayan obtenido porcentaje mínimo de votación. La expresidenta del Estado, Jeanine Añez, recordó que la Ley 1315, de agosto del 2020, fue promulgada para garantizar la realización de las elecciones presidenciales de ese año, pese a la pandemia del covid-19, y cuestionó que vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE) se escuden y usan dicha normativa para avalar la vigencia de organizaciones políticas, carentes de legitimidad, a las que se trata de avalar su participación en futuros procesos electorales.
A través de sus redes sociales, Añez aseveró que vocales del TSE usan “maliciosamente” esta normativa para avalar siglas de partidos políticos que no existen más, a los que además se les prorroga indefinidamente la posibilidad de “legalizarse”.
“Esta ley fue promulgada para garantizar las elecciones del 18 de octubre de 2020, plazo máximo para su realización a pesar de la terrible pandemia que afrontaba el mundo y el país. En su artículo 1º modifica la ley que postergaba las elecciones generales 2020 por el covid, la cual a su vez fue modificada por la Ley No. 1304 de 21 de junio de 2020 por el mismo motivo”, aclaró la exmandataria.
Según el texto de la “Disposición Adicional Única”, se modificó la Ley 1096 de 2018, indicando que “todas las organizaciones políticas deberán adecuar sus Estatutos a las disposiciones de la presente ley hasta el 31 de diciembre de 2021; una vez que se adecúen los estatutos se aplicarán las sanciones establecidas por el artículo 58 de la presente ley”, sin hacer referencia al tema del incumplimiento del porcentaje de votos obtenidos en los comicios 2020 ni sobre un “salvataje” fuera del 31 de diciembre de 2021.
En ese sentido, desde el 31 de diciembre de 2021, es responsabilidad del TSE cumplir y hacer cumplir la normativa referida a la legitimidad y la legalidad de los partidos políticos y las agrupaciones ciudadanas.
Además, en la Disposición Final Segunda, se establece que “de forma excepcional y únicamente para las Elecciones Generales 2020”, no se aplicará lo establecido en la ley del Órgano Electoral respecto a los trámites de excusas para personas que hayan sido designadas jurados electorales, ni en la Ley de Régimen Electoral respecto a la exigencia del certificado de sufragio.
En ese marco, Añez calificó como “calumnias” las declaraciones emitidas por el vocal electoral Tahuichi Tahuichi Quispe, quien señaló que una ley promulgada por el gobierno transitorio levantó la posibilidad de suspender la personería jurídica de todas las fuerzas políticas que no hayan obtenido un porcentaje mínimo de votación en las elecciones generales 2020.
La exmandataria también instó al TSE a cumplir con su deber y sancionar a los partidos ilegales, en lugar de lanzarles “salvavidas” para mantenerlos vigentes. Asimismo, demandó garantizar unas elecciones 2025 transparentes, con un TREP funcionando, un padrón electoral saneado, candidatos y candidatas plenamente habilitados por la Constitución, debates obligatorios, y la participación equitativa de hombres y mujeres.
El jueves, recordando que organizaciones políticas como el Frente Para la Victoria y el Partido de Acción Nacional Boliviano debieron haber perdido su personería jurídica tras las elecciones generales de 2020, el activista Rafael Hurtado presentó ante el TSE un recurso para la cancelación de estas siglas políticas.
El artículo 58, inciso b, de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas señala que una de las causales de cancelación de la personalidad jurídica es el hecho de “no haber obtenido al menos el tres por ciento (3%) del total de votos válidos en la última elección a la que concurrieron”.
Pese a ello, partidos como el FPV se mantienen vigentes y concretando alianzas para participar del próximo proceso electoral, sin haber resuelto antes el tema de su personería, hecho que además levanta sospechas sobre un posible favorecimiento o complicidad por parte de los encargados de resolver este tema.
“Esta sigla que postula a Evo Morales no puede ir a una elección, está legalmente inhabilitada, pero los vocales del TSE no quieren entrar al fondo del asunto, le tienen miedo, por eso se quedan en la forma y rebotan toda denuncia. Hay varias acciones presentadas por distintas personas”, detalló Hurtado.
Al respecto, Tahuichi Quispe apuntó a la Ley 1315, promulgada por Añez en 2020, como la causante de haber levantado las suspensiones y penalidades para todas las fuerzas políticas que participaron de los comicios generales de ese año.
“El año 2020 hubo la Ley 1315 excepcional, en su disposición adicional única indica que para ese proceso electoral de manera excepcional no se tomaría en cuenta en artículo 58 de la Ley 1096 (de Partidos Políticos), que señala que no se va a tomar en cuenta ese 3%”, explicó el vocal durante una entrevista radial.
En criterio de Tahuichi, fue esa “normativa excepcional” la que salvó a varios partidos políticos de ser cancelados en lo referido a su personería jurídica.
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